En qué consiste, cuánto dura y qué está prohibido la Veda Electoral 2021

Durante el periodo de reflexión, queda prohibida cualquier propaganda electoral Al concluir las campañas electorales, comienza un periodo de reflexión para que los ciudadanos puedan ejercer su voto libremente, conocido como veda electoral.

 

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), la veda electoral es un conjunto de medidas que tienen el objetivo de generar condiciones para que la ciudadanía reflexione en el sentido de su voto en libertad.

 

“En el periodo de veda se invita a la reflexión del voto libre y secreto, en que la libre expresión está garantizada”, señala el órgano electoral. Desde los tres días previos a la jornada electoral y hasta la clausura de las casillas, las candidatas, candidatos y partidos políticos deberán abstenerse de cualquier propaganda electoral.

 

Durante dicho periodo, están prohibidos: los actos de campaña y proselitismo electoral, todo tipo de propaganda electoral, propaganda gubernamental (excepto campañas de servicios educativos, salud o protección civi), difusión y publicación de resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre sobre preferencias electorales.  INE sanciona a AMLO Este lunes, 19 de abril, el INE emitió una medida cautelar vía tutela preventiva en contra del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), para evitar que difunda propaganda gubernamental en sus conferencias mañaneras durante las campañas electorales y hasta el día de la jornada electoral.

 

Lo dicho, luego de que en su mañanera del 16 de abril difundió “propaganda gubernamental en periodo prohibido (campaña electoral)”, al informar que “Chiapas, Oaxaca y Guerrero, los tres estados con más pobreza, con más población indígena son los que más apoyos están recibiendo; se están dando becas, se está apoyando a los productores del campo, se están entregando pensiones a adultos mayores, a niñas y niños con discapacidad”. Cabe recordar que el 31 de marzo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) prohibió la emisión de propaganda gubernamental a cualquier funcionario público, incluido el jefe del Poder Ejecutivo, durante las campañas electorales.

 

Por lo tanto, no se puede difundir: Propaganda gubernamental por cualquier medio o modalidad de comunicación social Información con carácter institucional que contenga frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política o electoral Propaganda personalizada Logros de Gobierno, obra pública Información dirigida a incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía Valorar positivamente a algún gobierno Exaltar, promocionar o justificas algún programa o logro obtenido Sí se puede difundir: Información de servicios educativos y de salud Información necesaria para la protección en caso de emergencias